La Xunta convoca ayudas para implantar la RSE, la igualdad y la conciliación en las pymes y autónomos

La Xunta convoca ayudas para implantar la RSE, la igualdad y la conciliación en las pymes y autónomos

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 El Gobierno gallego destina más de 800.000 euros, un 36,2% más que en 2016, a impulsar la implantación de sistemas de gestión de RSE, planes de igualdad y medidas de corresponsabilidad  y de conciliación de la vida personal y laboral entre los autónomos y las pequeñas y medianas empresas. El plazo para solicitar las ayudas finaliza el 5 de junio, inclusive.

La Consellería de Economía, Empleo e Industria de la Xunta de Galicia publica en el Diario Oficial de Galicia (DOG) del miércoles 3 de mayo la Orden de 12 de abril de 2017 por la que se establecen las bases del Programa de ayudas para implantar la responsabilidad social empresarial, la igualdad y conciliación laboral y personal, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, procediendo a su convocatoria para el año 2017. 

Con el objetivo de fomentar la RSE y, en concreto, la modalidad de la igualdad de género en el ámbito laboral y la corresponsabilidad y la conciliación, el Gobierno gallego pone en marcha este programa de ayudas que da cumplimiento a lo recogido en la Agenda 20 para el Empleo de la Xunta de Galicia, que tiene entre sus retos conseguir un empleo de calidad, donde la cultura empresarial de la RSE juega un papel fundamental. Las ayudas para este año se incrementan en un 36,2% con respeto al año anterior, superando los 800.000 euros.

Tres líneas de ayudas

La Orden establece tres líneas de ayudas:

Línea I. Implantación de la RSE. Se subvenciona el 100% de los costes del proceso de obtención de certificaciones o de informes de validación de códigos de conducta, normas o estándares de RSE. Se otorgará un máximo de 2.500 euros por empresa.

Línea II. Implantación de planes de igualdad. Se subvenciona la obtención de certificaciones de planes de igualdad expedidos por el Servicio de Igualdad de la Consellería de Economía, Empleo e Industria. Se hará un pago de 2.000 euros por empresa. 

Línea III. Conciliación de la vida laboral, familiar y personal. Esta se divide en tres sublíneas. En la primera, se incentiva la adopción de acuerdos laborales de teletrabajo por períodos no inferiores a un año. En la segunda sublínea, se incentiva el establecimiento de medidas de flexibilidad horaria, tales como sistemas de compensación de días y horas, jornada continua o permisos especiales. Las ayudas en estos dos casos consisten en un incentivo de 3.000 euros por persona beneficiada, con un límite máximo de 12.000 euros por empresa. La cantidad se incrementará en 1.000 euros para aquellas empresas donde la tasa de ocupación femenina es por lo menos igual a la masculina.

Finalmente, la tercera sublínea subvenciona hasta el 80% la adquisición de elementos tecnológicos físicos que posibiliten el teletrabajo. Se otorgarán 1.500 euros por persona, con un máximo de 5.000 euros por empresa. La ayuda se incrementará en un 10% para aquellas empresas donde la tasa de ocupación femenina es por lo menos igual a la masculina. 

Requisitos de las solicitantes

Las bases establecen los siguientes requisitos para los beneficiarios, que varían en función de la línea de ayudas:

  • Las empresas solicitantes de la línea I (RSE) podrán ser pymes, micropymes o personas trabajadoras autónomas, con domicilio social y centro de trabajo en Galicia.
  • Las empresas solicitantes de la línea II (igualdad) e III (conciliación) podrán ser pymes, micropymes o personas trabajadoras autónomas, cualquiera que sea su forma jurídica, con un mínimo de 6 trabajadores por cuenta ajena, con domicilio social y centro de trabajo en Galicia.*
  • En la línea II no se concederán las ayudas la aquellas empresas que ya hayan sido beneficiarias en anteriores convocatorias y en la línea III no se concederán en caso de que hayan recibido la cantidad máxima subvencionable en 2016.
  • Las empresas TIC no podrán beneficiarse de las sublíneas 1 y 3 de la línea III.
  • Las empresas no pueden superar los 50 millones de euros de volumen de negocio anual o deben contar con un balance anual inferior a 43 millones de euros.
  • No pueden ser entidades sin ánimo de lucro ni entidades públicas.
  • Las solicitantes deben encontrarse al corriente de sus deberes tributarios estatales y autonómicos y de la Seguridad Social.

Plazo y presentación de solicitudes

Las solicitudes pueden hacerse a través de la sede electrónica hasta el 5 de junio. Podrán financiarse las acciones que se realicen entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2017. En el DOG de 3 de mayo de 2017 puede completarse toda la información en cuanto a requisitos y documentación a presentar.

Consulta de dudas

Para más información en lo relativo a planes de igualdad, el correo de contacto es Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y el teléfono 881 997 381. En cuanto a RSE y conciliación, el contacto es Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o el número 981 957 744.

 

*Nota: A día 19 de mayo de 2017 sale publicada en el DOG la corrección de errores con respecto a este punto del programa de ayudas.

 


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